En el artículo anterior, respondíamos a las preguntas más habituales en torno a los testamentos, desde lo más básico como qué es un testamento, hasta el coste o la posibilidad de cambiarlo. En esta segunda parte, terminamos de responder a las dudas más frecuentes sobre este tema.

¿Cómo saben mis herederos cual es mi último testamento?

Todos los testamentos que se firman en todas las notarías de España se envía un ficha al Registro de Últimas Voluntades de Madrid. Cuando una persona fallece, para proceder a la adjudicación de su herencia, lo primero que hay que hacer es consultar dicho registro, y observar de todos los testamentos otorgados por esa persona cual es el último ya que solo ese tiene validez a efectos del reparto de la herencia.

Una vez determinado cual es el testamento por el que se rige la sucesión, se pide copia a la notaría donde se haya otorgado, en cualquier ciudad de España, o en su caso al archivo, ya que los documentos de más de 25 años se encuentran allí archivados.

Desde la propia notaría podemos hacer la consulta tanto al registro de ultimas voluntades como solicitar la copia a cualquier Notaría de España.

¿Qué necesitamos para hacer testamento?

Tener el DNI en vigor. Con esto podemos acudir al notario y explicarle cómo queremos hacer testamento.

No es necesario saber qué bienes se deja a cada heredero, ni tampoco hacer un inventario de todos los bienes, porque para eso está la HERENCIA; en el testamento se puede nombrar a los herederos por partes iguales sin hacer mención de los bienes, ya que lo que reparte el testamento no son los bienes que hay a día de hoy, sino los que haya el día del fallecimiento. Se ha podido gastar todo y que no se reparta nada a los herederos, o por el contrario he podido recibir varias herencias y que mi patrimonio sea muy superior. En cualquier caso, lo que se repartirá será lo que haya en ese momento a las personas designadas y en las proporciones establecidas.

No obstante, si quiere dejar bienes concretos a personas concretas también puedo hacerlo.

¿Puedo vender los bienes que dejado en el testamento a personas concretas?

, en vida todos los bienes son del testador sin ninguna limitación. Por tanto se pueden hacer ventas de los mismos, sin tener que solicitar ningún tipo de autorización de los herederos.

 

Éstas son las dudas más frecuentes en torno a los testamentos. Recuerda que puedes consultarnos lo que necesites poniendote en contacto con nosotros, o solicitar el presupuesto para este trámite.

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