En la siguiente serie de artículos vamos a dar respuesta a las preguntas más frecuentes en torno a los testamentos. Empecemos por el principio:

¿Qué es un testamento?

El testamento es el documento en el que una persona indica cómo quiere que se repartan sus bienes a su fallecimiento.

¿Es conveniente tener testamento?

. Los dos principales motivos son los siguientes:

  • En primer lugar manifiesto mi voluntad en cuanto al reparto de mis bienes. Si no dejo esa voluntad reflejada en el testamento, es la propia ley quien designa quienes serán mis herederos y en qué proporciones, lo que puede coincidir con lo que el testador quería, o no.
  • En segundo lugar porque simplifico el procedimiento de aceptación e herencias para mis herederos. Si NO hay testamento, hay que suplirlo con otro documento que se llama acta de declaración de herederos, que es más caro, y conlleva complejidad adicional en el proceso de aceptación de herencia por la documentación que hay que aportar para realizar dicho acta, la dilación de plazos reglamentarios que el propio acta supone, etc.

¿Quién puede hacer testamento?

  • Las personas mayores de 14 años y que tengan capacidad natural al momento de hacer testamento, es decir, que entienda perfectamente el contenido del mismo.
  • Las personas ciegas, sordas, mudas y sordomudas, pueden hacer testamento con una serie de formalidades añadidas (comparecencia de testigos, etc.).
  • Las personas incapacitadas judicialmente pueden hacer testamento abierto en un intervalo lúcido siempre que dos facultativos (médicos) afirmen su lucidez para testar.
  • Las personas mayores,  pueden testar sin ninguna especialidad si tiene la capacidad de que antes hablábamos, la cual juzga el Notario.

El Notario en cada caso valora si la persona en cuestión tiene capacidad para firmarlo. En caso de duda sobre su capacidad, o si se aprecia falta de dicha capacidad, el testamento no se firmará.

¿Cuánto vale un testamento?

El coste depende del número de folios. Si tiene una extensión estándar el coste aproximado por persona es de 40-50 euros.

¿El Notario se puede desplazar a firmar el testamento al domicilio?

Sí, al igual que con cualquier otro documento si la persona que quiere hacer el testamento no se puede desplazar a la notaría, el Notario puede desplazarse a su domicilio para la firma del mismo

¿Puedo cambiar el testamento?

Sí, el testamento se pude modificar tantas veces como el testador quiera. Al igual que cambian las circunstancias vitales, puede cambiar la voluntad de quien hace el testamento en cada momento. Al hacer un testamento nuevo, queda completamente anulado cualquier testamento anterior.

En el próximo artículo responderemos más preguntas en relación a los testamentos, y si necesitas más ayuda, puedes ponerte en contacto con nosotros o calcular el coste del servicio que necesitas.

¡Gracias por leernos!

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