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En anteriores entrada de nuestro blog te contábamos en qué consistía a nueva ley de contratos de inmobiliario.
Nueva ley de contratos de crédito inmobiliario 5/2019 de 15 de marzo – 1ª parte
Nueva ley de contratos de crédito inmobiliario 5/2019 de 15 de marzo – 2ª parte
Hoy queremos traerte otras novedades al respecto de esta nueva normativa.
LA BANCA PAGARÁ TODOS LOS GASTOS DE LA CONCESIÓN DEL PRESTAMO CON LAS SIGUIENTES EXCEPCIONES:
1. La tasación de la vivienda (al ser un servicio que aporta o beneficia al usuario con el objetivo de avalar el préstamo hipotecario debe correr a cargo del solicitante). Ello, no obstante, y aunque por ley se indica que el obligado al pago es el cliente, existe la posibilidad que sea el propio Banco quien deba asumir el coste de la tasación, aunque no esté por ley obligado
2. La copia adicional de la escritura notarial del préstamo hipotecario deberá abonarla quien la solicite, en tanto que la solicitud determina su interés.
3. El Impuesto de Actos jurídicos Documentados (AJD).
En Álava la normativa tributaria indica que el sujeto pasivo del impuesto es el propio cliente, por tanto es el cliente quien debe pagar impuesto si lo hubiera. En el caso de que el préstamo se pida para financiar la inversión en la vivienda habitual, hay una exención en el impuesto en virtud de la cual no procede pago alguno a hacienda. Si la finalidad es cualquier otra distinta de la inversión en la vivienda habitual si que tiene lugar el pago del impuesto de actos jurídicos, que como hemos indicado corre de cuenta del cliente
Con las excepciones antes citadas, las entidades bancarias deberán pagar los gastos de notario, gestoría, registro y. La gran pregunta es si esto va ser un ahorro para los futuros clientes de préstamos hipotecarios o se terminará repercutiendo al cliente
En la nueva LCCI se prohíbe específicamente la aplicación de un interés mínimo en las hipotecas variables. Por lo tanto, los bancos no pueden volver a establecer las cláusulas suelo. Sin embargo, se establece por defecto un tipo mínimo del 0 % para todos los préstamos hipotecarios, esto es, el interés no podrá ser negativo en ningún caso
Por otro lado, la propia LCCI suprime la obligación de que el prestatario tuviese que escribir de su puño y letra en un folio en blanco delante del notario que comprendía la existencia de una cláusula que fijaba como interés mínimo el 0 %.
Estas son algunas de las últimas novedades de la normativa de contratos de crédito inmobiliario. Pero hay muchas más, que te traeremos en la próxima publicación de nuestro blog. ¡No te la pierdas!
Y recuerda que si necesitas realizar algún trámite notarial, estaremos encantados de poder ayudarte desde nuestras herramientas para clientes.
Notaría Rueda Palacios, Patrimonio protegido